Mediante la Resolución General 5632/2025, ARCA modificó la reglamentación de la norma, dispuesta por al resolución general (AFIP) 5405, que permite a las microempresas optar por computar, hasta un 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operaciones efectivamente ingresado, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales, extendiendo el plazo hasta el 31 de Diciembre del 2025.
Recordamos que el Poder Ejecutivo, a través del decreto 1137/2024, publicado en el Boletín Oficial del 30 de diciembre pasado, extendió hasta el 31 de diciembre de 2025 la posibilidad de optar por computar hasta un 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales; mientras que el 70% restante puede ser computado como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.
Fuente: ERREPAR.