Repasamos las principales novedades normativas publicadas entre el 19/10/2026 y el 25/10/2026 con impacto para PyMEs, sociedades y personas humanas.
En impuestos y laboral, la semana trajo la nueva reglamentación de la DJ simplificada de Ganancias, cambios en los vencimientos de Ingresos Brutos por los feriados de noviembre, la puesta en marcha del SIRCIP, la postergación del Fondo de Asistencia Laboral y el fin de una retención sobre el personal eventual. En comercio exterior no hubo cambios de fondo: lo repasamos en las breves.
Impuestos y laboral
1. Ganancias simplificado: hasta el 30/10 podés pasarte rectificando tu DJ
El Decreto 1253/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial el 23/10/2026, reemplaza la reglamentación de la declaración jurada simplificada de Ganancias para adecuarla a la Ley 27.826 (Inocencia Fiscal II), que contamos en la edición del 12/10/2026.
- Cambio de régimen: si ya presentaste la DJ 2025 por el régimen general y cumplís los requisitos, podés adherir al simplificado presentando una rectificativa hasta el vencimiento de presentación, hoy fijado en el 30/10/2026 por la RG ARCA 5911/2026.
- Discrepancia significativa: se configura cuando el ajuste es del 15% o más, o cuando supera el umbral del régimen penal tributario.
- Rectificar a tiempo: si ARCA te notifica una liquidación o determinación, rectificar dentro de los 15 días hábiles evita que la diferencia cuente como discrepancia significativa.
- Multas formales: la reducción opera de pleno derecho para MiPyMEs y personas humanas que no sean grandes contribuyentes.
Rige desde el 23/10/2026. Si presentaste tu DJ 2025 por el régimen general, evaluá esta semana si te conviene pasarte al simplificado: el plazo para rectificar vence el 30/10/2026. Si tenés multas formales pendientes como MiPyME, verificá que se aplique la reducción.
2. Feriados de noviembre: se corren los vencimientos de Convenio Multilateral
La Resolución General 11/2026 de la Comisión Arbitral, publicada en el Boletín Oficial el 22/10/2026, reacomoda los vencimientos de octubre por los feriados del 9, 10 y 11/11/2026. Amplía la primera adecuación que había hecho la Disposición 11/2026 de la misma Comisión, publicada el 19/10/2026.
- SIFERE: la DJ y el pago del anticipo de octubre de Convenio Multilateral vencen entre el 17 y el 20/11/2026, según la terminación del CUIT.
- SIRCAR: la DJ y el pago de la segunda quincena de octubre pasan al 13/11/2026.
- SIRTAC: el vencimiento pasa al 13/11/2026 para todas las terminaciones de CUIT.
Las nuevas fechas ya están vigentes. Actualizá tu calendario de noviembre: 13/11/2026 para SIRCAR y SIRTAC, y del 17 al 20/11/2026 para el anticipo de octubre por SIFERE.
3. Percepciones de Ingresos Brutos: el SIRCIP arranca el 01/12 en siete provincias
La Disposición 12/2026 de la Comisión Arbitral, publicada en el Boletín Oficial el 22/10/2026, pone en vigencia el SIRCIP, el sistema unificado para agentes de percepción de Ingresos Brutos. La Resolución General 10/2026, del mismo día, fija sus primeros vencimientos.
- Jurisdicciones: Chaco, La Pampa, Mendoza, Río Negro, San Juan, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.
- Incorporación gradual: cada provincia decide qué agentes entran al sistema.
- Nómina: se publica en sircip.comarb.gob.ar y esa publicación vale como notificación.
- Primera DJ: por las percepciones de diciembre de 2026, vence el 08/01/2027 (CUIT terminado en 0 a 4) o el 11/01/2027 (CUIT terminado en 5 a 9).
Rige desde el 01/12/2026. Si sos agente de percepción en alguna de estas provincias, revisá si figurás en la nómina y adecuá tu sistema de facturación y tus procesos antes de esa fecha.
4. Fondo de Asistencia Laboral: arranca el 01/12 y la carencia sube a 12 meses
El Decreto 1228/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial el 20/10/2026, posterga la entrada en vigencia del régimen de Fondos de Asistencia Laboral (FAL) de la Ley 27.802 y amplía el plazo mínimo para poder usarlo.
- Nueva fecha de inicio: el régimen pasa del 01/11/2026 al 01/12/2026.
- Carencia más larga: el plazo mínimo antes de usar el fondo sube de 6 a 12 períodos mensuales.
- Desde cuándo se cuenta: desde el mes en que ARCA registre la primera contribución efectiva del empleador.
- Impacto práctico: un mes más para preparar la liquidación de sueldos, pero también más tiempo hasta poder usar lo aportado.
Rige desde el 20/10/2026. La liquidación de octubre de 2026, que se paga en noviembre, no lleva la contribución al FAL. Aprovechá noviembre para preparar el sistema de sueldos y el flujo de caja, y tené en cuenta la carencia de 12 meses si planificás desvinculaciones.
5. Personal eventual: se elimina la retención de contribuciones sobre facturas
La Resolución General 5913/2026 de ARCA, publicada en el Boletín Oficial el 20/10/2026, abroga el régimen de retención de contribuciones patronales que se aplicaba sobre las facturas de las empresas de servicios eventuales.
- Qué se elimina: el régimen de retención de contribuciones patronales sobre las facturas emitidas por empresas de servicios eventuales.
- A quién alcanza: a las empresas que toman personal eventual a través de agencias y a las propias agencias.
La norma se publicó el 20/10/2026. Si contratás personal eventual, revisá con tu área de pagos y con tu proveedor cómo se tratan las próximas facturas, para no seguir aplicando una retención que ya no corresponde.
Breves
- Trabajadores rurales temporarios: el Decreto 1204/2026 (BO 19/10/2026) prorroga por un año, del 01/09/2026 al 31/08/2027, el régimen del Decreto 514/2021.
- Tráfico vecinal fronterizo: la RG ARCA 5914/2026 (BO 22/10/2026) difiere por 120 días corridos la aplicación de los incisos c) y d) del punto 7 del Anexo IV “A” de la Resolución ANA 2604/86. Son restricciones que introdujo la RG ARCA 5910/2026, que contamos en la edición del 12/10/2026. Interesa a quienes venden en localidades de frontera.
- Certificados catastrales en Provincia de Buenos Aires: por la Resolución Normativa ARBA 22/2026 (BO PBA 22/10/2026), los certificados pedidos en diciembre de 2026 valen hasta el 15/01/2027 con la valuación 2026.
- Sin cambios en el régimen cambiario: el BCRA no modificó el texto ordenado de Exterior y Cambios. Las Comunicaciones “A” 8493 a 8497 de la semana tratan otros temas: MEP, régimen informativo de créditos hipotecarios UVA, financiamiento a un municipio, Central de Cheques Rechazados (ECHEQ) e información de rendimientos de FCI en canales digitales.
Fuentes
Decreto 1253/2026: InfoLEG
RG ARCA 5911/2026: InfoLEG
Resolución General Comisión Arbitral 11/2026: InfoLEG
Disposición Comisión Arbitral 11/2026: InfoLEG
Disposición Comisión Arbitral 12/2026: InfoLEG
Resolución General Comisión Arbitral 10/2026: InfoLEG
Decreto 1228/2026: InfoLEG
RG ARCA 5913/2026: InfoLEG
Decreto 1204/2026: InfoLEG
RG ARCA 5914/2026: InfoLEG
Resolución Normativa ARBA 22/2026: texto oficial, Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del 22/10/2026, pág. 52
Comunicación BCRA “A” 8493: bcra.gob.ar
Comunicación BCRA “A” 8494: bcra.gob.ar
Comunicación BCRA “A” 8495: bcra.gob.ar
Comunicación BCRA “A” 8496: bcra.gob.ar
Comunicación BCRA “A” 8497: bcra.gob.ar
Esta nota tiene fines informativos y refleja la normativa publicada hasta el 25/10/2026. No constituye asesoramiento profesional para casos particulares. Elaborada por el equipo técnico de EMA Group; la aplicación a cada caso y la firma profesional corresponden a nuestro equipo matriculado.
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