La Ley 27.739, publicada en el Boletín Oficial del 15-03-2024 modificó varios artículos de la Ley 25.246, incorporando como sujetos obligados a la totalidad de los proveedores no financieros de crédito, pero dicha modificación se encontraba sin reglamentar.
El año pasado, la UIF emitió la Resolución 200/2024, reglamentaria de la Ley 25.246 para todos los Proveedores No Financieros de Crédito, incluyendo a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito.
La nueva Resolución ya se encuentra vigente, quedando derogada la Resolución UIF N° 76/2019.
Sin perjuicio de ello, habrá plazo hasta el 01-05-2025 para implementar y/o ajustar sus políticas y procedimientos a la presente norma, y las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito deberán continuar cumpliendo las obligaciones previstas en los artículos 5°, 6°, 19 inciso a) y 40 de la Resolución 76/2019.
📅 Fechas claves que no podés dejar pasar:
➡️ Mayo 2025: Inscripción como Sujeto Obligado en la UIF e inicio de cumplimiento básico, incluyendo los Reportes Sistemáticos Mensuales.
➡️ Diciembre 2025: Informe de opinión del Sistema PLAFT por un auditor interno independiente.
➡️ Marzo 2026: Primer Reporte Sistemático Anual correspondiente a 2025.
➡️ Abril 2026: Informe técnico del Oficial de Cumplimiento sobre Autoevaluación de Riesgos.
➡️ Agosto 2026: Primer informe del Revisor Externo Independiente.