La CNV modificó los requisitos para las operaciones de “dólar MEP”, en el marco de créditos hipotecarios UVA otorgados para la adquisición de bienes inmuebles
Por medio de la resolución General 1004/2024, la Comisión Nacional de Valores readecuó las exigencias en torno a ciertas operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local (MEP), en el marco de créditos hipotecarios UVA otorgados por entidades financieras locales para la adquisición de bienes inmuebles.
Al respecto, a través de esta resolución, la CNV dispone que, a partir del 10 de junio, estas operaciones se encuentran exceptuadas de:
(i) el cumplimiento del plazo mínimo de tenencia en cartera para dar curso a las mismas (comúnmente referido como Parking);
(ii) el régimen informativo previo (comúnmente referido como calendarización) requeridos para dar curso a su venta con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local (MEP); y
(iii) de las restricciones a la venta contra moneda extranjera en los casos de tener financiaciones abiertas vía cauciones, pases y/o cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales.
Asimismo, respecto a la limitación para dar curso o liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera en caso de contar con posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, la resolución incorpora dentro de los financiamientos exceptuados a los pagarés librados en moneda extranjera con cláusula de pago en efectivo en dicha moneda y que hubieran sido descontados mediante su negociación en Mercados registrados ante esta Comisión.
Fuente: Errepar – Link: https://shorturl.at/KI3Ry