Recordá que:
🧾 El 7 de mayo cierra la última etapa del régimen
Esta etapa representa la última oportunidad para que los contribuyentes puedan exteriorizar bienes no declarados.
📌 ¿Hasta cuándo pueden adherirse?
– La manifestación de adhesión puede realizarse hasta el 7 de mayo inclusive.
– El plazo para presentar la declaración jurada y abonar el saldo del impuesto especial se extiende hasta el 6 de junio de 2025.
💡 Beneficio diferencial de esta etapa
En esta última instancia:
– No se aplicará impuesto si se declara la totalidad de los bienes.
– En caso de superar el monto exento, solo se tributará un 15% sobre el excedente.