Ya está disponible la recategorización para monotributistas: podrán hacerlo vía web y desde el celular.
Es la segunda del año; la variación será acorde al Índice de Precios al Consumidor del INDEC.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informa que está disponible la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive. Las nuevas escalas vigentes fueron actualizadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirrmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editar manualmente.
La recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.
Se trata de la segunda recategorización anual contemplada en la ley 24.977 de régimen simplificado y sus normas modificatorias.
Nuevas Escalas

¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?
Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de enero a junio.
¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?
1 – Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual.
2- Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de agosto estarán vigentes los nuevos valores a abonar.
Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.
Medios de pago disponibles:
– Volante Electrónico de Pago (VEP)
– Homebanking
– Cajero automático
– Tarjeta de crédito
– Débito automático en cuenta bancaria
– Mercado Pago
Planes de facilidades de pago para monotributistas
Desde el 1 de julio y hasta el próximo 30 de diciembre está vigente un nuevo plan de pagos que permite regularizar deudas impositivas que hayan vencido hasta el 30 de abril de 2025. Para el Monotributo, esto incluye las cuotas correspondientes a los meses hasta abril de 2025, ya que el pago de este impuesto se realiza por mes en curso.
Características del plan:
– Cuotas mensuales, iguales y consecutivas
– Monto mínimo de $2.000 por cuota
– Pago a cuenta requerido del 20% de la deuda