Mediante la Resolución General 5669, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ha extendido el plazo para que los agentes de percepción y liquidación del Impuesto PAIS puedan exteriorizar los saldos a favor, mediante el mecanismo excepcional establecido en la Resolución General (ARCA) 5638.
A través de este mecanismo excepcional, la exteriorización del saldo a favor del Impuesto PAIS se podrá realizar mediante la presentación del formulario de declaración jurada F.744 correspondiente a los meses de diciembre de 2024 y enero a abril de 2025, generado a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
El procedimiento instrumentado se efectiviza mediante un mecanismo de compensación de los saldos a favor contra las obligaciones emergentes del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.