La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo actualizó los valores para la categorización de la Micro, Pequeña y Medianas Empresas.
Mediante la Resolución 30/2024, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía de la Nación, ha actualizado los límites de ventas totales anuales y de personal ocupado para ser considerado micro, pequeña o mediana empresa, los cuales entraron en vigencia el pasado 1° de abril del presente año.
Con esta renovación se garantiza que las micro, pequeñas y medianas empresas continúen con las ventajas que otorga el certificado MiPyME, entre los que se incluyen beneficios impositivos y previsionales, avales de Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR) y otros.
Esta actualización permite que las empresas que hayan mantenido el nivel de actividad no sufran modificaciones por efecto de la inflación. Si bien los topes de facturación para mantener la condición de MiPyME se actualizan tomando la evolución de precios del último año, la facturación es un promedio de los últimos tres ejercicios fiscales, a moneda de cada año, por lo que a mayor inflación en el último año respecto de los anteriores, menor es la probabilidad de que una MiPyME pierda su categoría.
Los valores actualizados de ventas totales anuales quedaron determinados de la siguiente forma:

El monto de las ventas surge del promedio de los últimos 3 ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo el IVA, el/los impuesto/s interno/s que pudiera/n corresponder y deduciendo el 75 % del monto de las exportaciones.
Personal ocupado:
Por otro lado, la norma considera que los topes de empleo establecidos en la resolución 220/2019 aplican únicamente a actividades dentro de los sectores de comercio y servicios.
El personal ocupado se calcula como el promedio de los últimos tres ejercicios comerciales, según la información proporcionada por la empresa mediante el Formulario de Declaración Jurada N° 931 de la AFIP.

Finalmente, cabe aclarar que las empresas que realizan alguna actividad dentro de “Intermediación financiera y Servicio de Seguros” o “Servicios Inmobiliarios” tienen que cumplir un parámetro adicional: sus activos no pueden superar los $193.000.000.